El Gobierno envía nueva Ley de Discapacidad al Congreso
Distintos organismos y personal de salud de Argentina protestan contra un veto del presidente Javier Milei a una ley que promovía mayor protección para personas con discapacidades frente al Congreso de la Nación en Buenos Aires, Argentina. 5 ago, 2025
La iniciativa, que lleva el nombre "Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez", deroga artículos clave de la Ley de Emergencia en Discapacidad que el propio Ejecutivo viene incumpliendo. Implica más controles, menos derechos y una negociación desregulada con obras sociales y prepagas. La oposición ya advierte que el debate será áspero.
El Gobierno nacional decidió jugar una carta que conoce bien: en lugar de cumplir una ley que la Justicia ya ordenó aplicar, mandó al Congreso un proyecto para cambiarla. La jugada no es nueva —el mismo manual se usó con el financiamiento universitario— pero en este caso el terreno es particularmente sensible: la política pública de discapacidad.
El texto, que ingresó al Senado de la Nación bajo el nombre "Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez", propone modificaciones de fondo a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793, y llega en un momento políticamente complicado para el oficialismo: la investigación por el supuesto pago de coimas en el sector —que derivó en la eliminación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)— todavía está abierta y genera ruido.
La estrategia de La Libertad Avanza parece clara: ganar tiempo vía debate legislativo mientras el Ejecutivo sigue sin cumplir lo que la ley vigente manda. El proyecto apunta directamente al corazón del sistema, derogando los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la normativa de emergencia. Buena parte de esos artículos garantizaban la universalidad del acceso al beneficio. Con su eliminación, todo retrocede al modelo anterior a la sanción de la emergencia.
Reempadronamiento o suspensión automática
El núcleo del proyecto es el reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez. Quienes ya cobran el beneficio deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales. La letra es contundente: quien no cumpla en tiempo y forma, sufrirá la suspensión automática de la pensión y la pérdida definitiva del beneficio.
Además, la iniciativa habilita un sistema de fiscalización cruzada entre ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos del Estado. Si alguno de esos cruces arroja una "inconsistencia" —término que el proyecto deja abierto a interpretación—, la pensión podrá ser suspendida de manera preventiva, aunque se contempla el derecho a defensa y proceso posterior.
El monto de la pensión no contributiva queda fijado en el 70% del haber mínimo jubilatorio, pero desaparece la facultad del Ejecutivo para otorgar aumentos por invalidez laboral o por zona geográfica desfavorable. Una quita encubierta para quienes viven en regiones más costosas o tienen mayores restricciones funcionales.
Agencia Nacional de Discapacidad
El golpe al empleo: incompatibilidad absoluta con el trabajo registrado
Uno de los puntos más polémicos y que ya generó reacciones en organizaciones de personas con discapacidad es la incompatibilidad absoluta que establece el proyecto entre la percepción del beneficio y cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales.
Dicho en criollo: si una persona con discapacidad consigue un trabajo en blanco, pierde la pensión. De aprobarse, esta norma no solo endurece una condición existente, sino que contradice de manera directa el espíritu de la política de inclusión laboral que el propio Estado dice promover.
Y hay más: el proyecto también elimina los incentivos a las empresas que contratan personas con discapacidad, suprimiendo el inciso que respaldaba programas de inclusión y reconocimiento corporativo. Una señal paradójica en un gobierno que pregona la desregulación como motor de empleo.
Fin del nomenclador y desregulación de las prestaciones
Otro cambio de magnitud es la virtual eliminación del nomenclador, el instrumento que fijaba aranceles homogéneos y un piso mínimo de calidad en las prestaciones. En su lugar, el proyecto habilita convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires para administrar y distribuir fondos, desregulando por completo la negociación con obras sociales y prepagas.
El riesgo concreto es que sin un nomenclador nacional que fije valores de referencia, cada prestador negocie individualmente con cada financiador, generando condiciones dispares según la jurisdicción o la cobertura del beneficiario. Para quienes dependen de terapias, tratamientos o dispositivos de apoyo, esto puede traducirse en servicios más caros, más difíciles de acceder o directamente discontinuados.
La actualización: ¿protección real o ventana al ajuste?
El proyecto ata las pensiones a la evolución del haber mínimo jubilatorio y establece que los aranceles de prestaciones se ajusten trimestralmente o por IPC en caso de demoras, incorporando además una compensación de emergencia vinculada al IPC para los prestadores.
La pregunta que se hacen desde el sector es si esto constituye una garantía real o simplemente un mecanismo que, en la práctica, puede rezagarse y licuar el valor del beneficio, tal como ocurrió con otras actualizaciones indexadas durante el último año y medio de gestión libertaria.
El tablero político: por qué entró por el Senado
La elección de la Cámara alta como puerta de entrada no es casual. En la Casa Rosada calculan que el armado de una mayoría resulta más manejable en el Senado que en Diputados. Sin embargo, el camino no luce sencillo: varios de los bloques "aliados" del oficialismo —que el año pasado acompañaron la sanción de la ley de emergencia— deberán definir si ahora respaldan su desmontaje.
La tensión dentro del PRO, los bloques provinciales y los senadores de extracción peronista que en su momento votaron a favor de la emergencia será uno de los termómetros de hasta dónde puede llegar este proyecto sin sufrir modificaciones sustanciales.
Un punto de vista que la nota oficial omite
Vale la pena subrayar algo que el texto del proyecto no dice pero que el contexto grita: el Estado nacional tiene hoy una deuda judicial con las personas con discapacidad. La Justicia ya falló ordenando la aplicación de la Ley 27.793, y el Ejecutivo la viene incumpliendo. Mandar al Congreso una ley para reemplazarla no es una política de discapacidad: es una maniobra para neutralizar una obligación legal.
Las organizaciones del sector, que llevan meses movilizadas y que cuentan con respaldo judicial, no van a mirar este proceso desde afuera. El debate en comisión, si llega a abrirse, promete ser uno de los más ásperos del segundo semestre legislativo.
DENARIO